7 de Marzo 2023
Zacapoaxtla.- A un año del proceso electoral en
donde se renovarán todos los cargos en los niveles
municipal, estatal y federal, políticos llevan a
cabo actos anticipados de campaña, principalmente
pinta de bardas y colocación de anuncios y
espectaculares.
Uno de los actos anticipados es:
Rebasar los montos legales o utilizar dinero
ilícito en las elecciones. Los partidos políticos
reciben financiamiento público para sus actividades
ordinarias y para los periodos de campaña. También
es legal que recurran a financiamiento privado con
los límites que las leyes electorales establecen.
Entregar o recibir aportaciones, en dinero o especie,
a favor de algún partido político o coalición cuando
los fondos o bienes tengan un origen ilícito o, bien,
el monto rebase lo permitido por la ley, es un
delito electoral. Se sancionará con 5,000 días multa
y 15 años de prisión.
En tiempos de campaña, los supervisores del INE
revisan banderas, gorras, sombrillas, checan número
de bardas, número de anuncios en redes sociales,
inclusive no se pueden utilizar bardas de manera
indiscriminada, sino que el número de espacios se
divide de manera equitativa entre el número de
partidos o coaliciones.
Sin embargo, y solo como ejemplo, la carretera
Acuaco – Zacapoaxtla, está repleta de bardas con
nombres de aspirantes, principalmente a la
gubernatura del estado y ahora ya también aparecen
nombres de personajes a quien pretenden imponer en
diputaciones locales o federales.
La pregunta es ¿Quién está pagando la pinta de esas
bardas? Y ¿quien paga las imágenes en espectaculares
promoviendo a aspirantes a la gubernatura o a la
presidencia de la República?
Y es que otro delito electoral es:
Utilizar bienes o servicio públicos en una
campaña. Las personas que trabajan en el gobierno no
deben destinar dinero, bienes o servicios públicos
que tengan a su disposición, en virtud de su encargo,
a los actores políticos que participan en los
procesos electorales. Al incurrir en esta situación
se comete un delito electoral, debido a que se están
utilizando bienes en apoyo o perjuicio de una
candidato o partido político.
Las actitudes son flagrantes violaciones a la
contienda electoral, UN AÑO ANTES, ya que
quien sea electo por su partido o coalición, contará
con la ventaja de haber posesionado su nombre, antes
de quienes serán los otros contendientes al mismo
cargo, ya sea la gubernatura, la Presidencia de la
República o alguna diputación.
Otro delito es rebasar los montos legales o utilizar
dinero ilícito en las elecciones, algo que no se
puede saber, cuando meses antes de las campañas, los
políticos pintan y borran bardas a placer, en una
clara violación de la equidad en un proceso
electoral que comenzará hasta el próximo año.
Para actuar de esa manera, utilizan uno de los
vacíos en la Ley Electoral que es que no aparecen
los nombres completos de los políticos y que no
hacen llamado al voto, una argucia que ha funcionado
en el pasado, pero que representa, que quienes
quieren llegar al poder.